HOGAR,
SEGURO

¡Calcula el precio de tu seguro de hogar!

El 77% de los hogares españoles disponen de algún tipo de seguro de hogar. Nuestra filosofía es que el seguro de hogar es un producto «obligado» de protección ya no sólo de la vivienda sino del patrimonio de la familia.

Si eres propietario, es aconsejable contar con un buen seguro de vivienda para hacer frente a los imprevistos, protegiendo así, tanto nuestro hogar como todos lo bienes que en ella se encuentren. El hogar es uno de nuestros bienes más preciado y de él depende buena parte de nuestro confort, por lo que es recomendable tener un seguro que solucione cualquier imprevisto de forma rápida y eficiente.

Un seguro de hogar no es solo exclusivo para propietarios. Un inquilino también lo necesita.

Si eres inquilino protege tus pertenencias y, además, tendrás cubierta la responsabilidad civil frente al propietario o terceros.

En España, los seguros de hogar reciben un aviso por rotura de cristal cada 26 segundos. Una mesa de cristal, una ventana, una puerta… Se resuelven más de 15.000 avisos en hogares a diario, que, al cabo del año, se traducen en cerca de 7,5 millones de incidentes por solventar.

En Mínguez Sáez trabajamos con una gran variedad de aseguradoras para ofrecerte un servicio personalizado que te permitirá conseguir el seguro de hogar que mejor se adapte a ti. No dudes en consultarnos. Con nosotros estarás segur@, siempre.

MODALIDADES

Modalidades de contratación.

Sencillo
90desde
Incendio, explosión y caída del rayo
Daños por agua
Riesgos extensivos
Rotura de lunas, espejos, vidrios y cristales
Robo y atraco: robo, daños por robo, atraco (dentro del hogar)
Gastos diversos: asistencia de bomberos y salvamento, extinción, demolición y desescombro
Daños de origen eléctrico
Responsabilidad civil / fianzas
Asistencia hogar / emergencia / bricolaje
Defensa jurídica familiar, reclamación de daños
Estándar
150desde
Incendio, explosión y caída del rayo
Daños por agua
Riesgos extensivos
Rotura de lunas, espejos, vidrios y cristales
Robo y atraco: robo, daños por robo, atraco (dentro del hogar)
Gastos diversos: asistencia de bomberos y salvamento, extinción, demolición y desescombro
Daños de origen eléctrico
Responsabilidad civil / fianzas
Asistencia hogar / emergencia / bricolaje
Defensa jurídica familiar, reclamación de daños
Desatasco
Ampliación robo, atraco y hurto
Ampliación roturas: muebles de metacrilato, placas vitrocerámicas y cristales de electrodomésticos
Restauración estética del continente / contenido
Replantación arboleda / jardín
Reconstrucción de jardines
Bienes refrigerados
Muebles de jardín

*Precios orientativos para un piso estándar de 90 metros y 25.000€ de contenido.

La letra pequeña

Nos gustan las cosas muy claras por eso siempre explicamos las cosas de una forma sencilla y directa.

¿Y si aún tienes dudas? ¡Pregúntanos todo lo que necesites!

Elementos constructivos y estructurales de un edificio o una vivienda, ya sean paredes, techos, suelos, o instalaciones como la calefacción, el agua, o la electricidad, entre otras.

Dicho de diferente manera: materiales que forman parte de la construcción de una vivienda, así, podemos distinguir tanto:

  • Instalaciones como tuberías de agua, de gas, o todo el cableado eléctrico y el de las telecomunicaciones como las de telefonía, entre otras.
  • Todos los elementos que suponen forman la parte estructural de la vivienda: paredes, tejados, suelos, pavimentos, enchufes, etc.
  • Elementos decorativos como el parquet, las molduras o la pintura de las paredes. También sería conveniente incluir en este punto los techos de escayola, las moquetas y los toldos.

Además, la rehabilitación o reforma que se realice o se haya realizado en el edificio y cualquier obra de mejora del mismo también incremente el valor de esa construcción.

El tipo de vivienda que se asegura (si es un piso, unifamiliar u otros) también determina la valoración del continente.

Son dos formas diferentes de asegurar el continente.

Por un lado, continente a valor total, es la modalidad por la que el capital contratado en la póliza de seguro debe ser igual al valor de reposición del interés o bien asegurado. En esta forma de aseguramiento se puede aplicar la regla proporcional en caso de insuficiencia del capital. Es muy importante que el valor de aseguramiento sea preciso y cercano al valor real del bien para no tener infraseguro.

Por otro lado el valor a primer riesgo es aquella valoración a través de la que se asegura un importe determinado hasta el que queda garantizado el riesgo, y es independiente del valor total que realmente tengan los bienes que estamos asegurado. Por lo tanto, en este caso no se aplica la regla proporcional. En caso de siniestro la compañía indemnizaría con un máximo de ese capital.

Esta es una garantía básica que, generalmente, viene por defecto en todas las pólizas; Ahora bien, no todas las compañías la cubren de igual forma.

La diferencias entre una póliza u otra las encontramos en:

  • Límites de indemnización. (capital asegurado)
  • Exclusiones por antigüedad.
  • Exclusión por no superar un importe mínimo el objeto dañado.

Existen pólizas de compañías que no excluyen ningún tipo de siniestro por antigüedad ni por importe.

Por normal general todos los seguros cubren los daños que sean producidos a consecuencia de un atascos.

La cobertura del desatasco en sí es más opcional y no todas las compañías la incluyen ni con el mismo capital. Resulta determinante conocer el coste de un desatasco en la zona donde se encuentra la vivienda para saber que capital es el más idóneo a asegurar en este caso. Consúltanos.

Los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado como consecuencia de incendio, explosión y caída del rayo, tanto en circulación como en reposo o siendo transportado, incluidos los accesorios fijos declarados.

La pérdida total del vehículo asegurado a consecuencia de un siniestro cubierto por las garantías de Robo, Incendio y Daños al propio vehículo incluidos los accesorios fijos declarados.

Se distinguen en la póliza 2 tipos:

  • Responsabilidad Civil obligatoria

El pago de las indemnizaciones de las que el conductor del vehículo asegurado deba responder exigidas al ASEGURADO, hasta los límites cuantitativos reglamentariamente vigentes, por el daño personal o material causado con motivo de la circulación del vehículo asegurado, siempre que éste resulte civilmente responsable.

Los derechos y obligaciones de esta cobertura se definen en el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a motor, y por el Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre por el que se aprueba su reglamento.

  • Responsabilidad Civil voluntaria

El pago de las indemnizaciones de las que el conductor del vehículo asegurado deba responder exigidas al asegurado, hasta los límites cuantitativos reglamentariamente vigentes, por el daño personal o material causado con motivo de la circulación del vehículo asegurado, siempre que éste resulte civilmente responsable, que excedan de la cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria y hasta el límite establecido en el presente contrato.

Esta cobertura complementa a la Cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria hasta el límite especificado en los capitales asegurados.

En caso de robo la entidad aseguradora se compromete a:

  • El pago de una indemnización por robo del vehículo completo.

  • El pago de una indemnización por robo de piezas que constituyan partes fijas del vehículo incluidos los accesorios fijos declarados.

Preguntas frecuentes (FAQs)

No, pero sí que es muy recomendable, ya que de no tenerlo estás poniendo en riesgo tu dinero.

Si se genera un incendio en tu vivienda o causas una filtración al vecino, podemos pagar indemnizaciones muy cuantiosas. Además, desde 90 euros al año, estarás cubriendo tu responsabilidad civil así como posibles daños que sufra tu propia casa con una modalidad básica de seguro de hogar.

Sí, pero ¡cuidado!

Al contratar un préstamo hipotecario, te pueden exigir un seguros que cubra los daños en tu vivienda y que el banco sea el beneficiario.

Las entidades bancarias no pueden obligarte a que seguro lo contrates con ellos. En la mayoría de casos conviene hacer los seguros con una correduría, ya que el precio es mucho más económico ya que disponemos de una mayor oferta aseguradora y más compañías.

Si tienes alguna colección u objeto de valor en tu hogar, bien sean joyas, pieles u obras de arte, puedes asegurarlas con tu seguro de hogar. Es importante que lo comuniques al contratar el seguro y compruebes que está añadido en tu póliza a la hora de realizar la contratación.

Si requieres de un cerrajero, cristalero, electricista o fontanero de urgencia, estarás cubierto por tu seguro de hogar. Una garantía así te asegura, por ejemplo, el quedarte encerrado sin la llave o la reparación del sistema eléctrico en caso de que tengas una avería.

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